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V0046-24 14 février 2024 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Critère en vigueur
IP · sociedad de inversión colectiva de tipo cerrado

Les participations dans une SICC peuvent être éligibles à l'exonération de l'impôt sur la fortune sous certaines conditions

Une question a été posée pour savoir si une Société d'Investissement Collectif de type Fermé (SICC) est éligible à l'exonération de l'impôt sur la fortune et si la délégation de gestion affecte sa qualification. La DGT précise que la SICC peut être éligible si sa gestion de patrimoine mobilier ou immobilier n'est pas son activité principale.

La question posée

En relación con la inversión realizada por la sociedad A en la SICC a efectos de aplicar la exención prevista en el artículo 4.Ocho.Dos de la Ley 19/1991, se plantean las siguientes cuestiones:

La position de la DGT

Para que las participaciones en la sociedad tenedora gocen de exención, la SICC no debe tener por actividad principal la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario. Los valores incluidos en el coeficiente obligatorio de inversión de la SICC no computan como valores para determinar la actividad, al ser poseídos para cumplir obligaciones legales. Los activos no integrados en dicho coeficiente solo no computarán como valores si representan al menos el 5% de los derechos de voto, se posean para dirigir la participación y se disponga de medios materiales y personales suficientes. La suficiencia de estos medios es una cuestión fáctica que debe valorar la Administración.

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