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Impuesto de Sucesiones en Málaga: la bonificación del 99% de Andalucía y las claves para familias, residentes y expatriados de la Costa del Sol

Málaga y la Costa del Sol concentran una de las comunidades de expatriados y no residentes más grandes de España: familias con segunda residencia, profesionales tech que trabajan en remoto desde la capital de la Costa del Sol, directivos de multinacionales con sede en el Parque Tecnológico de Málaga (PTA) y ciudadanos europeos —y no europeos— que han establecido su residencia definitiva en la provincia. Cuando un familiar fallece y deja bienes en Málaga, muchos de estos herederos desconocen tres hechos fundamentales: primero, que Andalucía bonifica al 99% el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para herederos directos desde 2022; segundo, que los no residentes —incluidos los no comunitarios— pueden acogerse a la normativa autonómica andaluza más favorable desde la reforma de la Ley 11/2021 y la doctrina del TJUE de 2014; y tercero, que el plazo para presentar la autoliquidación es de seis meses improrrogables salvo solicitud expresa. El resultado habitual es que familias malagueñas y expatriados paguen más de lo legalmente exigible —o incurran en recargos evitables— por no haber actuado con la antelación y el asesoramiento necesarios.

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Por qué BM Consulting

Asesoramiento especializado y trato personal

En BMC gestionamos integralmente el Impuesto de Sucesiones en Málaga y la Costa del Sol: inventario y valoración del caudal hereditario, aplicación de la bonificación del 99% de Andalucía para Grupos I y II, reducción de empresa familiar del 95% cuando procede, y presentación de la autoliquidación ante la Agencia Tributaria de Andalucía (ATRIAN) en plazo. Para herederos no residentes o expatriados, determinamos si pueden aplicar la normativa autonómica andaluza —la respuesta es sí, en la mayoría de los casos, tras la Ley 11/2021— y coordinamos con especialistas en el país de origen del causante o del heredero cuando la herencia incluye activos internacionales. La primera consulta es gratuita.

  • Andalucía bonifica al 99% el ISD para herederos directos (Grupos I y II) desde 2022 — herencias entre padres e hijos en Málaga son prácticamente gratuitas.

  • Los no residentes y expatriados pueden aplicar la normativa andaluza más favorable desde la Ley 11/2021 — la doble imposición con su país de residencia es el principal riesgo a gestionar.

  • Empresa familiar malagueña

    reducción del 95% acumulable con la bonificación del 99% — cuota final casi cero.

  • Plazo

    6 meses desde el fallecimiento ante la ATRIAN; prórroga posible solicitando en el quinto mes.

Cómo trabajamos

Del primer contacto al cierre del expediente

  1. Inventario y valoración del caudal hereditario en Málaga

    Realizamos el inventario completo de todos los bienes del causante con especial atención a los activos típicos de las herencias en la provincia de Málaga: inmuebles urbanos en Málaga capital, viviendas en municipios de la Costa del Sol (Marbella, Estepona, Nerja, Torremolinos, Benalmádena), fincas rústicas, participaciones en empresas familiares, cuentas bancarias en entidades con sede en España y en el extranjero, y seguros de vida. Valoramos cada activo conforme a las normas fiscales vigentes —incluido el valor de referencia catastral para inmuebles introducido por la Ley 11/2021— y calculamos la base imponible individual de cada heredero.

  2. Aplicación de la bonificación del 99% y todas las reducciones disponibles

    Aplicamos la bonificación del 99% de Andalucía para los Grupos I y II (hijos, cónyuge, padres), la reducción del 95% por empresa familiar del artículo 20.6 LISD, la reducción por vivienda habitual del causante (hasta el 95%, con límite de 122.606,47 € por heredero), y las reducciones por seguros de vida y por discapacidad del heredero. Para herederos no residentes determinamos si tienen derecho a aplicar la normativa andaluza favorable conforme a la Ley 11/2021 —que extendió el derecho a optar por la normativa autonómica a todos los no residentes, incluidos los no comunitarios— y tramitamos la liquidación ante la ATRIAN en consecuencia.

  3. Presentación ante la Agencia Tributaria de Andalucía (ATRIAN)

    Preparamos y presentamos la autoliquidación del ISD ante la delegación de la ATRIAN en Málaga dentro del plazo de seis meses desde el fallecimiento. Si el plazo está próximo a vencer, solicitamos la prórroga de otros seis meses adicionales —que debe pedirse antes del quinto mes desde el fallecimiento—. Si el plazo ya ha vencido, regularizamos la situación presentando la autoliquidación extemporánea con el menor recargo posible. Actuamos como representantes ante la ATRIAN en cualquier procedimiento de comprobación, requerimiento o recurso posterior.

  4. Planificación post-herencia y estructura del patrimonio malagueño

    Una vez liquidado el ISD, elaboramos un plan de gestión del patrimonio heredado orientado al perfil del heredero: para familias empresariales, diseñamos el perímetro de activos afectos que deben mantenerse durante el período de guarda (10 años en normativa estatal) para no perder la reducción de empresa familiar; para expatriados con residencia fiscal en España bajo la Ley Beckham, analizamos la interacción del ISD con el Impuesto sobre el Patrimonio en Andalucía (bonificado al 100%); para no residentes que no tienen previsto fijar su residencia en España, asesoramos sobre la gestión y eventual venta del inmueble heredado, incluyendo la plusvalía municipal y el IRNR aplicable.

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El problema

Málaga y la Costa del Sol concentran una de las comunidades de expatriados y no residentes más grandes de España: familias con segunda residencia, profesionales tech que trabajan en remoto desde la capital de la Costa del Sol, directivos de multinacionales con sede en el Parque Tecnológico de Málaga (PTA) y ciudadanos europeos —y no europeos— que han establecido su residencia definitiva en la provincia. Cuando un familiar fallece y deja bienes en Málaga, muchos de estos herederos desconocen tres hechos fundamentales: primero, que Andalucía bonifica al 99% el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para herederos directos desde 2022; segundo, que los no residentes —incluidos los no comunitarios— pueden acogerse a la normativa autonómica andaluza más favorable desde la reforma de la Ley 11/2021 y la doctrina del TJUE de 2014; y tercero, que el plazo para presentar la autoliquidación es de seis meses improrrogables salvo solicitud expresa. El resultado habitual es que familias malagueñas y expatriados paguen más de lo legalmente exigible —o incurran en recargos evitables— por no haber actuado con la antelación y el asesoramiento necesarios.

Nuestra solución

En BMC gestionamos integralmente el Impuesto de Sucesiones en Málaga y la Costa del Sol: inventario y valoración del caudal hereditario, aplicación de la bonificación del 99% de Andalucía para Grupos I y II, reducción de empresa familiar del 95% cuando procede, y presentación de la autoliquidación ante la Agencia Tributaria de Andalucía (ATRIAN) en plazo. Para herederos no residentes o expatriados, determinamos si pueden aplicar la normativa autonómica andaluza —la respuesta es sí, en la mayoría de los casos, tras la Ley 11/2021— y coordinamos con especialistas en el país de origen del causante o del heredero cuando la herencia incluye activos internacionales. La primera consulta es gratuita.

Proceso

Como lo hacemos

1

Inventario y valoración del caudal hereditario en Málaga

Realizamos el inventario completo de todos los bienes del causante con especial atención a los activos típicos de las herencias en la provincia de Málaga: inmuebles urbanos en Málaga capital, viviendas en municipios de la Costa del Sol (Marbella, Estepona, Nerja, Torremolinos, Benalmádena), fincas rústicas, participaciones en empresas familiares, cuentas bancarias en entidades con sede en España y en el extranjero, y seguros de vida. Valoramos cada activo conforme a las normas fiscales vigentes —incluido el valor de referencia catastral para inmuebles introducido por la Ley 11/2021— y calculamos la base imponible individual de cada heredero.

2

Aplicación de la bonificación del 99% y todas las reducciones disponibles

Aplicamos la bonificación del 99% de Andalucía para los Grupos I y II (hijos, cónyuge, padres), la reducción del 95% por empresa familiar del artículo 20.6 LISD, la reducción por vivienda habitual del causante (hasta el 95%, con límite de 122.606,47 € por heredero), y las reducciones por seguros de vida y por discapacidad del heredero. Para herederos no residentes determinamos si tienen derecho a aplicar la normativa andaluza favorable conforme a la Ley 11/2021 —que extendió el derecho a optar por la normativa autonómica a todos los no residentes, incluidos los no comunitarios— y tramitamos la liquidación ante la ATRIAN en consecuencia.

3

Presentación ante la Agencia Tributaria de Andalucía (ATRIAN)

Preparamos y presentamos la autoliquidación del ISD ante la delegación de la ATRIAN en Málaga dentro del plazo de seis meses desde el fallecimiento. Si el plazo está próximo a vencer, solicitamos la prórroga de otros seis meses adicionales —que debe pedirse antes del quinto mes desde el fallecimiento—. Si el plazo ya ha vencido, regularizamos la situación presentando la autoliquidación extemporánea con el menor recargo posible. Actuamos como representantes ante la ATRIAN en cualquier procedimiento de comprobación, requerimiento o recurso posterior.

4

Planificación post-herencia y estructura del patrimonio malagueño

Una vez liquidado el ISD, elaboramos un plan de gestión del patrimonio heredado orientado al perfil del heredero: para familias empresariales, diseñamos el perímetro de activos afectos que deben mantenerse durante el período de guarda (10 años en normativa estatal) para no perder la reducción de empresa familiar; para expatriados con residencia fiscal en España bajo la Ley Beckham, analizamos la interacción del ISD con el Impuesto sobre el Patrimonio en Andalucía (bonificado al 100%); para no residentes que no tienen previsto fijar su residencia en España, asesoramos sobre la gestión y eventual venta del inmueble heredado, incluyendo la plusvalía municipal y el IRNR aplicable.

99%
Bonificación ISD Andalucía para herederos directos (Grupos I y II)
6 meses
Plazo máximo de presentación desde el fallecimiento
95%
Reducción empresa familiar aplicable en Andalucía

Mi padre era de Málaga y falleció dejando el piso familiar en el Centro Histórico y participaciones en la empresa de transportes que fundó. Yo llevo diez años viviendo en Alemania y no tenía ni idea de cómo funciona la herencia desde el extranjero. BMC me explicó que como no residente también podía aplicar la normativa andaluza con el 99% de bonificación, gestionó todo el inventario, tramitó la liquidación ante la ATRIAN y se encargó del Registro de la Propiedad. No tuve que viajar para nada urgente. Pagamos prácticamente cero de ISD.

Klaus Fernández Richter Heredero no residente, Munich - Málaga

Impuesto de Sucesiones en Málaga: el nuevo mapa fiscal para familias y expatriados de la Costa del Sol

La provincia de Málaga ha experimentado en los últimos años una transformación demográfica sin precedentes en España. La apertura de sedes de Google, Oracle, Vodafone, Ericsson y decenas de multinacionales tecnológicas en el Parque Tecnológico de Andalucía ha atraído miles de profesionales internacionales. La Costa del Sol sigue siendo el destino preferido de jubilados europeos —con comunidades consolidadas de ciudadanos británicos, alemanes, neerlandeses y escandinavos— y de inversores inmobiliarios de todo el mundo. Esta realidad demográfica hace que el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Málaga tenga una dimensión de fiscalidad internacional que no existe en la misma medida en ninguna otra capital de provincia española.

La buena noticia es que Andalucía dispone desde 2022 de uno de los regímenes del ISD más favorables de España, y que desde la Ley 11/2021 los no residentes —incluidos los ciudadanos de países no comunitarios— pueden acogerse plenamente a esa normativa autonómica favorable. BMC lleva años asesorando a familias malagueñas, a residentes de la Costa del Sol y a herederos no residentes en la gestión del ISD en Málaga, y conocemos en profundidad las particularidades de este mercado.

La bonificación del 99% de Andalucía: qué significa en la práctica

La Junta de Andalucía aprobó mediante el Decreto-ley 7/2022, de 20 de septiembre, una bonificación del 99% sobre la cuota íntegra del ISD para los herederos de los Grupos I y II. Esto significa que:

  • Grupo I: Descendientes y adoptados menores de 21 años.
  • Grupo II: Descendientes y adoptados mayores de 21 años, cónyuge o pareja de hecho inscrita, ascendientes y adoptantes.

Para una herencia entre padre e hijo en Málaga de un inmueble valorado en 400.000 euros, la cuota final efectiva —después de aplicar la bonificación del 99%— es inferior a 2.000 euros. En otras comunidades autónomas sin bonificación equivalente (Cataluña, Baleares, Comunitat Valenciana), esa misma herencia podría generar una cuota de 50.000 a 80.000 euros.

La bonificación aplica tanto a herencias como a donaciones entre los Grupos I y II en Andalucía, lo que permite transmitir patrimonio en vida con la misma eficiencia fiscal que en una herencia.

Andalucía aplica una reducción en la base imponible de hasta un millón de euros por heredero (Grupos I y II); la bonificación del 99% recae después sobre la cuota íntegra resultante, sin límite de cuantía sobre la bonificación.

No residentes y expatriados: el cambio de 2021 que muchos desconocen

Hasta 2014, la normativa española del ISD aplicaba un trato discriminatorio a los no residentes en España: mientras que los residentes podían acogerse a la normativa autonómica —con sus bonificaciones y reducciones—, los no residentes quedaban sujetos únicamente a la normativa estatal, mucho menos favorable. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró en su sentencia de 3 de septiembre de 2014 (asunto C-127/12) que esta discriminación era contraria a la libre circulación de capitales garantizada por el Derecho europeo.

La Ley 11/2021 fue más lejos: extendió el derecho a optar por la normativa autonómica no solo a los residentes en la UE y en el Espacio Económico Europeo, sino también a los nacionales de países terceros (incluidos ciudadanos del Reino Unido post-Brexit, de los Estados Unidos, de Australia o de cualquier otro país fuera de la UE/EEE).

Para una herencia en Málaga, esto significa:

  • Un hijo que vive en Múnich y hereda el piso familiar de su padre malagueño puede aplicar la bonificación del 99% andaluza.
  • Una ciudadana estadounidense que hereda la villa de su padre en Marbella puede acogerse a la normativa de la Junta de Andalucía, no a la normativa estatal más gravosa.
  • Un ciudadano británico post-Brexit que recibe en herencia el apartamento de su madre en Torremolinos tiene derecho a la normativa autonómica andaluza.

El procedimiento para los no residentes implica presentar la autoliquidación ante la ATRIAN (Agencia Tributaria de Andalucía) con la documentación acreditativa del vínculo de parentesco y la situación del causante, y declarar la opción por la normativa autonómica en la propia autoliquidación.

Herencias con empresa familiar en Málaga: el sector tecnológico y los negocios tradicionales

La economía malagueña presenta dos perfiles claramente diferenciados de empresa familiar con relevancia en el ISD:

El sector tecnológico del PTA (Parque Tecnológico de Andalucía)

El Parque Tecnológico de Andalucía, en Campanillas (Málaga), alberga más de 650 empresas y genera más de 22.000 empleos directos. Muchas de estas empresas son pymes de base tecnológica con capital mayoritariamente familiar, cuya transmisión generacional requiere una planificación fiscal específica. La reducción del 95% por empresa familiar del artículo 20.6 LISD aplica plenamente a estas estructuras empresariales cuando se cumplen los requisitos de actividad real, funciones directivas y porcentaje de participación familiar.

Los sectores tradicionales de la Costa del Sol

El turismo, la hostelería, la construcción inmobiliaria y la distribución agroalimentaria son los sectores donde se concentran la mayor parte de las empresas familiares malagueñas con masa hereditaria relevante. La reducción del 95% por empresa familiar, combinada con la bonificación del 99% de Andalucía, puede hacer que la transmisión de un negocio hostelero o inmobiliario malagueño a los hijos tenga una carga fiscal cercana a cero.

Para los casos en que la transmisión en vida es posible y conveniente, la donación de participaciones empresariales puede acogerse a los mismos beneficios del ISD (tanto a la reducción del 95% como a la bonificación del 99% andaluza para donaciones), siempre que se cumplan los mismos requisitos que para la herencia.

El valor de referencia catastral en los inmuebles de la Costa del Sol

Desde la Ley 11/2021, los inmuebles deben valorarse en el ISD conforme al valor de referencia catastral —fijado por el Catastro— como base imponible mínima. En algunos municipios de la Costa del Sol (Marbella, Estepona, Benahavís), los valores de referencia catastrales pueden diferir significativamente de los valores reales de mercado, ya sea por infravaloración (inmuebles de lujo en urbanizaciones exclusivas) o por sobrevaloración (zonas donde el mercado ha corregido a la baja).

Cuando el valor de referencia catastral es superior al valor de mercado, el heredero tiene derecho a impugnarlo mediante un procedimiento de tasación contradictoria, pero la carga de la prueba recae sobre el heredero, que debe acreditar el valor inferior. BMC analiza en cada herencia si la impugnación del valor de referencia es procedente —en función del coste del peritaje frente al ahorro fiscal que genera— y tramita el procedimiento correspondiente ante la ATRIAN cuando la diferencia de valoración lo justifica.

Plazos y procedimiento ante la ATRIAN en Málaga

La Agencia Tributaria de Andalucía (ATRIAN) cuenta con delegación en Málaga, que es el organismo competente para liquidar el ISD cuando el causante tenía su residencia habitual en la provincia en los últimos cinco años. El procedimiento habitual es:

  1. Meses 1-3: Obtención de la documentación (certificado de defunción, certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, testamento o declaración de herederos, certificados bancarios, notas simples del Registro de la Propiedad, valoración de participaciones societarias, certificados de seguros de vida).
  2. Meses 3-5: Preparación de la autoliquidación, valoración de activos, cálculo de la base imponible de cada heredero y aplicación de reducciones y bonificaciones.
  3. Antes del quinto mes: Solicitud de prórroga si los plazos están ajustados.
  4. Antes del sexto mes: Presentación de la autoliquidación (modelo 650 o 652) ante la ATRIAN en Málaga.
  5. Post-presentación: Inscripción de los inmuebles en el Registro de la Propiedad mediante escritura de aceptación de herencia con la carta de pago del ISD.

Si el causante tenía bienes en varias comunidades autónomas, la regla de territorialidad del ISD determina que la comunidad competente es la de residencia habitual del causante durante el mayor número de días en los últimos cinco años. Esto significa que si el causante vivía en Málaga, la normativa de Andalucía aplica a todos los bienes heredados —incluidos los situados en Madrid, Cataluña u otras comunidades—, lo que es especialmente ventajoso dado el régimen andaluz.

Por qué la planificación preventiva es especialmente relevante en Málaga

El perfil demográfico de Málaga crea situaciones patrimoniales que hacen la planificación preventiva especialmente valiosa:

  • Familias con residencia mixta: padres que residen en Málaga e hijos dispersos en Alemania, el Reino Unido o Latinoamérica. La planificación testamentaria que contemple las implicaciones del ISD en cada jurisdicción es imprescindible.
  • No residentes con segunda residencia en la Costa del Sol: ciudadanos europeos o no europeos con un inmueble en Málaga pero sin residencia fiscal en España. El ISD de ese inmueble para sus herederos debe planificarse con antelación, especialmente si la herencia incluye activos también en el país de residencia del causante.
  • Empresarios con activos mixtos: propietarios de inmuebles en la Costa del Sol y de participaciones en sociedades mercantiles que pueden acogerse a la reducción de empresa familiar.

BMC ofrece a sus clientes de Málaga un servicio de planificación preventiva hereditaria: análisis del patrimonio actual, simulación del ISD para distintos escenarios sucesorios, revisión y optimización del testamento, y estructuración de donaciones en vida cuando sean fiscalmente convenientes.

BMC cuenta con oficina en Málaga. Conozca nuestra oficina de Málaga.

FAQ

Preguntas frecuentes

En Andalucía, los herederos de los Grupos I (descendientes y adoptados menores de 21 años) y II (descendientes mayores de 21 años, cónyuge o pareja de hecho inscrita, ascendientes y adoptantes) disfrutan de una reducción en la base imponible de hasta un millón de euros por heredero y de una bonificación del 99% sobre la cuota íntegra resultante, sin límite de cuantía sobre la bonificación. En la práctica, un hijo que hereda un piso en Málaga valorado en 350.000 euros paga una cantidad simbólica — inferior a 2.000 euros en la mayoría de los casos —, frente a las decenas de miles de euros que podría suponer en comunidades sin bonificación equivalente como Cataluña o Baleares. Esta bonificación está regulada por la Ley 5/2021 de la Junta de Andalucía.
Sí. Desde la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, todos los no residentes en España —incluidos los nacionales de países no comunitarios— tienen derecho a optar por la normativa autonómica más favorable en el ISD. Para herencias de causantes con residencia en Andalucía en los últimos cinco años, el no residente puede (y debe) aplicar la normativa de la Junta de Andalucía, incluida la bonificación del 99% para Grupos I y II. Esta reforma vino a corregir la discriminación que el Tribunal de Justicia de la UE declaró contraria al Derecho europeo en su sentencia de 3 de septiembre de 2014 (asunto C-127/12). Si usted reside en Alemania, Reino Unido, Estados Unidos o cualquier otro país y hereda bienes de un familiar que residía en Málaga, en la mayoría de los casos puede aplicar la bonificación del 99% andaluza.
La herencia típica en la provincia de Málaga suele incluir uno o varios de estos activos: piso en Málaga capital (Centro Histórico, Teatinos, Churriana), apartamento o chalet en municipios costeros (Marbella, Estepona, Nerja, Torremolinos, Benalmádena, Fuengirola), finca rústica en el interior de la provincia (Antequera, Ronda, Axarquía), y en menor medida locales comerciales y plazas de garaje. Para los expatriados y no residentes, el inmueble en la Costa del Sol es el activo más frecuente. Todos estos bienes se valoran desde la Ley 11/2021 conforme al valor de referencia catastral, que en algunos municipios de la Costa del Sol puede diferir significativamente del valor de mercado. Si el valor de referencia es superior al valor real de mercado, el heredero puede impugnarlo, aunque corresponde acreditar el valor real.
El plazo para presentar y pagar el Impuesto de Sucesiones es de seis meses desde el fallecimiento del causante. Es posible solicitar una prórroga de otros seis meses adicionales, que debe pedirse antes del quinto mes desde el fallecimiento. Si se concede la prórroga, el plazo total es de doce meses, pero durante el segundo semestre se devengan intereses de demora. Superado el plazo, la presentación extemporánea genera recargos: el 1% mensual por cada mes de retraso hasta los doce meses desde el vencimiento del plazo voluntario, y el 15% para retrasos superiores a doce meses, más intereses. Dado que la cuota efectiva es muy baja con la bonificación del 99%, los recargos pueden superar la propia cuota. La presentación se realiza ante la delegación de la ATRIAN en Málaga (Agencia Tributaria de Andalucía).
Málaga cuenta con un tejido empresarial familiar diverso: hostelería y turismo en la Costa del Sol, construcción e inmobiliario en toda la provincia, distribución agroalimentaria en la Axarquía y la Vega, y un creciente sector tecnológico vinculado al Parque Tecnológico de Málaga. Para la herencia de participaciones en estas empresas, la reducción del 95% del artículo 20.6 LISD se aplica cuando la empresa desarrolla una actividad económica real, el causante o algún miembro de la familia ejerce funciones directivas percibiendo más del 50% de sus rendimientos por ello, y las participaciones familiares representan al menos el 5% individual o el 20% conjunto. La combinación del 95% de empresa familiar con la bonificación del 99% de Andalucía hace que la transmisión hereditaria de un negocio malagueño a los hijos tenga un coste fiscal prácticamente nulo. El período de mantenimiento requerido es de diez años desde el fallecimiento.
Cuando el causante tenía bienes tanto en Málaga como en el extranjero (cuenta bancaria en Alemania, inmueble en el Reino Unido, cartera de inversión en los Estados Unidos), el ISD en España se calcula sobre el valor global de todos los bienes situados en España, mientras que los bienes en el extranjero generalmente tributan en el país donde están situados, salvo convenio de doble imposición en materia de sucesiones. España tiene convenios de doble imposición sucesoria con Grecia, Francia, Suecia y algunos otros países, pero no con Alemania, el Reino Unido o los Estados Unidos. En estos casos, la doble tributación puede producirse en ambas jurisdicciones. BMC coordina con especialistas en el país de origen cuando la herencia incluye activos internacionales de valor significativo.
La bonificación del 99% de Andalucía no exige un período de mantenimiento del inmueble por parte del heredero del Grupo I o II. La bonificación se aplica en el momento de la herencia de forma incondicional, sin que la posterior venta del inmueble genere ningún riesgo de pérdida de la bonificación ya aplicada. Esto es diferente a la reducción por vivienda habitual del causante (que sí exige mantener el bien tres años) o a la reducción de empresa familiar (que exige diez años). Por tanto, un hijo que hereda un apartamento en la Costa del Sol puede venderlo inmediatamente después de completar el expediente hereditario sin perder la bonificación del ISD ya liquidado. La venta del inmueble generará, eso sí, una ganancia patrimonial en el IRPF o en el IRNR del heredero, que deberá declararse en el año en que se produzca.
Andalucía aplica una bonificación del 100% sobre la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio para todos los contribuyentes residentes en la comunidad autónoma, lo que en la práctica elimina el IP para los herederos que fijen su residencia en Málaga. Sin embargo, el Impuesto Solidario de las Grandes Fortunas (ITSGF) —un impuesto estatal complementario— puede ser exigible para patrimonios netos que superen los 3 millones de euros, ya que actúa como suelo mínimo cuando la bonificación autonómica del IP es total. Para los herederos no residentes que mantienen un inmueble en la Costa del Sol, el IP se aplica sobre el valor neto de los bienes situados en España si supera el mínimo exento de 700.000 euros. BMC analiza el impacto patrimonial post-herencia en cada caso.

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Preguntas frecuentes

Preguntas sobre Impuesto de Sucesiones en Málaga 2026: 99% Bonificación para Familias y Expatriados en la Costa del Sol

En Andalucía, los herederos de los Grupos I (descendientes y adoptados menores de 21 años) y II (descendientes mayores de 21 años, cónyuge o pareja de hecho inscrita, ascendientes y adoptantes) disfrutan de una reducción en la base imponible de hasta un millón de euros por heredero y de una bonificación del 99% sobre la cuota íntegra resultante, sin límite de cuantía sobre la bonificación. En la práctica, un hijo que hereda un piso en Málaga valorado en 350.000 euros paga una cantidad simbólica — inferior a 2.000 euros en la mayoría de los casos —, frente a las decenas de miles de euros que podría suponer en comunidades sin bonificación equivalente como Cataluña o Baleares. Esta bonificación está regulada por la Ley 5/2021 de la Junta de Andalucía.
Sí. Desde la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, todos los no residentes en España —incluidos los nacionales de países no comunitarios— tienen derecho a optar por la normativa autonómica más favorable en el ISD. Para herencias de causantes con residencia en Andalucía en los últimos cinco años, el no residente puede (y debe) aplicar la normativa de la Junta de Andalucía, incluida la bonificación del 99% para Grupos I y II. Esta reforma vino a corregir la discriminación que el Tribunal de Justicia de la UE declaró contraria al Derecho europeo en su sentencia de 3 de septiembre de 2014 (asunto C-127/12). Si usted reside en Alemania, Reino Unido, Estados Unidos o cualquier otro país y hereda bienes de un familiar que residía en Málaga, en la mayoría de los casos puede aplicar la bonificación del 99% andaluza.
La herencia típica en la provincia de Málaga suele incluir uno o varios de estos activos: piso en Málaga capital (Centro Histórico, Teatinos, Churriana), apartamento o chalet en municipios costeros (Marbella, Estepona, Nerja, Torremolinos, Benalmádena, Fuengirola), finca rústica en el interior de la provincia (Antequera, Ronda, Axarquía), y en menor medida locales comerciales y plazas de garaje. Para los expatriados y no residentes, el inmueble en la Costa del Sol es el activo más frecuente. Todos estos bienes se valoran desde la Ley 11/2021 conforme al valor de referencia catastral, que en algunos municipios de la Costa del Sol puede diferir significativamente del valor de mercado. Si el valor de referencia es superior al valor real de mercado, el heredero puede impugnarlo, aunque corresponde acreditar el valor real.
El plazo para presentar y pagar el Impuesto de Sucesiones es de seis meses desde el fallecimiento del causante. Es posible solicitar una prórroga de otros seis meses adicionales, que debe pedirse antes del quinto mes desde el fallecimiento. Si se concede la prórroga, el plazo total es de doce meses, pero durante el segundo semestre se devengan intereses de demora. Superado el plazo, la presentación extemporánea genera recargos: el 1% mensual por cada mes de retraso hasta los doce meses desde el vencimiento del plazo voluntario, y el 15% para retrasos superiores a doce meses, más intereses. Dado que la cuota efectiva es muy baja con la bonificación del 99%, los recargos pueden superar la propia cuota. La presentación se realiza ante la delegación de la ATRIAN en Málaga (Agencia Tributaria de Andalucía).
Málaga cuenta con un tejido empresarial familiar diverso: hostelería y turismo en la Costa del Sol, construcción e inmobiliario en toda la provincia, distribución agroalimentaria en la Axarquía y la Vega, y un creciente sector tecnológico vinculado al Parque Tecnológico de Málaga. Para la herencia de participaciones en estas empresas, la reducción del 95% del artículo 20.6 LISD se aplica cuando la empresa desarrolla una actividad económica real, el causante o algún miembro de la familia ejerce funciones directivas percibiendo más del 50% de sus rendimientos por ello, y las participaciones familiares representan al menos el 5% individual o el 20% conjunto. La combinación del 95% de empresa familiar con la bonificación del 99% de Andalucía hace que la transmisión hereditaria de un negocio malagueño a los hijos tenga un coste fiscal prácticamente nulo. El período de mantenimiento requerido es de diez años desde el fallecimiento.
Cuando el causante tenía bienes tanto en Málaga como en el extranjero (cuenta bancaria en Alemania, inmueble en el Reino Unido, cartera de inversión en los Estados Unidos), el ISD en España se calcula sobre el valor global de todos los bienes situados en España, mientras que los bienes en el extranjero generalmente tributan en el país donde están situados, salvo convenio de doble imposición en materia de sucesiones. España tiene convenios de doble imposición sucesoria con Grecia, Francia, Suecia y algunos otros países, pero no con Alemania, el Reino Unido o los Estados Unidos. En estos casos, la doble tributación puede producirse en ambas jurisdicciones. BMC coordina con especialistas en el país de origen cuando la herencia incluye activos internacionales de valor significativo.
La bonificación del 99% de Andalucía no exige un período de mantenimiento del inmueble por parte del heredero del Grupo I o II. La bonificación se aplica en el momento de la herencia de forma incondicional, sin que la posterior venta del inmueble genere ningún riesgo de pérdida de la bonificación ya aplicada. Esto es diferente a la reducción por vivienda habitual del causante (que sí exige mantener el bien tres años) o a la reducción de empresa familiar (que exige diez años). Por tanto, un hijo que hereda un apartamento en la Costa del Sol puede venderlo inmediatamente después de completar el expediente hereditario sin perder la bonificación del ISD ya liquidado. La venta del inmueble generará, eso sí, una ganancia patrimonial en el IRPF o en el IRNR del heredero, que deberá declararse en el año en que se produzca.
Andalucía aplica una bonificación del 100% sobre la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio para todos los contribuyentes residentes en la comunidad autónoma, lo que en la práctica elimina el IP para los herederos que fijen su residencia en Málaga. Sin embargo, el Impuesto Solidario de las Grandes Fortunas (ITSGF) —un impuesto estatal complementario— puede ser exigible para patrimonios netos que superen los 3 millones de euros, ya que actúa como suelo mínimo cuando la bonificación autonómica del IP es total. Para los herederos no residentes que mantienen un inmueble en la Costa del Sol, el IP se aplica sobre el valor neto de los bienes situados en España si supera el mínimo exento de 700.000 euros. BMC analiza el impacto patrimonial post-herencia en cada caso.
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