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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre operaciones vinculadas

83 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «operaciones vinculadas», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 62 consultas · 2016–2025

Criterio vigente

Los rendimientos por servicios prestados por socios, distintos de los derivados de su cargo de administrador, se califican como rendimientos del trabajo según el artículo 17.1 de la LIRPF. Para que estos servicios tributen como actividades económicas, deben cumplir los requisitos del artículo 27.1 de la LIRPF, incluyendo la inscripción en la Sección Segunda del IAE y el alta en el régimen especial de la Seguridad Social. La retribución debe valorarse siempre por su valor normal de mercado.

La posición de la DGT se mantiene constante en toda la secuencia analizada. No se observan cambios en la calificación de los rendimientos de los socios ni en los requisitos para su consideración como actividad económica. El criterio sobre la valoración por valor normal de mercado se aplica de forma reiterada en todas las consultas con contenido sustantivo.

Análisis basado en 55 de 62 consultas con criterio disponible. Actualizado 17 de agosto de 2026.

83 consultas

V2346-24 12 nov 2024

IS: deterioro de préstamos a filial mexicana vinculada no deducible hasta la extinción, momento en que la renta negativa de liquidación es deducible conforme al art. 21.8 LIS

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
deterioro créditos vinculadasfilial extranjeradisolución y liquidaciónart. 21.8 LISrenta negativa extinción LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 10.3LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 11
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V1872-22 8 ago 2022

Las operaciones entre cooperativas vinculadas deben valorarse por su valor de mercado

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
operaciones vinculadasvalor de mercadoprincipio de libre competenciaentidades sociasmétodos de valoración LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 18.1LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 18.2
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V2911-16 23 jun 2016

Las operaciones entre entidades vinculadas deben valorarse por su valor de mercado

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
operaciones vinculadasvalor de mercadoprincipio de libre competenciamétodos de valoraciónentidades vinculadas LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 18.1LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 18.2
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