Ir al contenido

Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre declaración informativa

88 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «declaración informativa», con su criterio vigente y la ley aplicable.

← Observatorio DGT

Evolución del criterio de la DGT

Criterio matizado Confianza alta 63 consultas · 2015–2026

Criterio vigente

La obligación de presentar el modelo 720 sobre cuentas en el extranjero solo existe si los saldos conjuntos superan los 50.000 euros. En años sucesivos, la obligación persiste únicamente si el saldo ha incrementado más de 20.000 euros respecto a la última declaración presentada. Si el incremento es inferior a dicho importe, no hay obligación de informar.

La posición de la DGT ha pasado de exigir la información sobre titularidad formal y real de bienes y derechos, a establecer límites cuantitativos específicos para la obligación de declarar. El criterio ha evolucionado hacia una mayor selectividad, culminando en la aplicación de umbrales de 50.000 euros y un margen de incremento de 20.000 euros para la continuidad de la obligación.

Puntos de inflexión

  1. V0215-24

    Introduce la obligación de declaración informativa para proveedores de servicios de cambio entre monedas virtuales y dinero fiduciario, independientemente del valor de la operación.

  2. V0971-26

    Establece que la obligación del modelo 720 solo persiste si los saldos superan los 50.000 euros y si el incremento anual es superior a 20.000 euros.

Análisis basado en 59 de 63 consultas con criterio disponible. Actualizado 1 de septiembre de 2026.

88 consultas

V0347-22 23 feb 2022

La nuda propiedad de acciones debe tributar en el Impuesto sobre el Patrimonio

SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos
nuda propiedadpatrimonio netosujeto pasivodeclaración informativaderechos reales LIP — Ley 19/1991 del Impuesto sobre el Patrimonio art. 1LIP — Ley 19/1991 del Impuesto sobre el Patrimonio art. 3
Afecta a EmpresaInmigrante · ExpatParticular
Email
Contacto