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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre bienes inmuebles

187 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «bienes inmuebles», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Criterio estable Confianza media 44 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

La localización de los servicios vinculados a bienes inmuebles se determina por el lugar donde radica el inmueble. La transmisión de valores está exenta de ITPAJD, salvo que se acredite ánimo de elusión sobre inmuebles propiedad de la entidad. Los derechos mineros tienen la consideración de bienes inmuebles.

La posición de la DGT se mantiene constante en la localización de servicios vinculados al inmueble, aplicando las reglas de territorialidad según la ubicación del bien. No se observa un cambio doctrinal, sino una aplicación de criterios distintos según la materia (IVA, IRPF, ITPAJD o Impuesto sobre el Patrimonio).

Puntos de inflexión

  1. V1097-26

    Establece que la exención en la transmisión de valores no aplica si existe ánimo de elusión de inmuebles y califica los derechos mineros como bienes inmuebles.

Análisis basado en 42 de 44 consultas con criterio disponible. Actualizado 15 de septiembre de 2026.

187 consultas

V0874-20 15 abr 2020

No es necesario declarar los bienes recibidos por herencia en el IRPF

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
herenciarenta imputadabienes inmueblesimpuesto sobre sucesionesrendimientos del capital LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 6.4LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 85
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V0093-16 14 ene 2016

Los no residentes pueden tributar por el Impuesto sobre el Patrimonio si sus participaciones en entidades extranjeras consisten en al menos un 50% de inmuebles en España

SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos
obligación realvalor teóricobienes inmueblesconvenio de doble imposiciónbalance aprobado LIP — Ley 19/1991 del Impuesto sobre el Patrimonio art. 5.1.bLIP — Ley 19/1991 del Impuesto sobre el Patrimonio art. 16.Uno
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