El consultante pregunta si puede aplicar la reducción del 40% por el régimen transitorio al rescatar otro plan de pensiones tras su jubilación anticipada. La DGT explica que la reducción es aplicable a la parte de aportaciones hechas hasta 2006 si se cobra en forma de capital dentro de los plazos establecidos.
Cuestión planteada Posibilidad de efectuar el rescate del otro plan de pensiones aplicando la reducción del 40 por ciento contemplada en el régimen transitorio.
Las prestaciones de planes de pensiones son rendimientos del trabajo. Si se perciben en forma de capital, se puede aplicar la reducción del 40% a la parte correspondiente a aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006, siempre que hayan pasado más de dos años desde la primera aportación y se perciba dentro del plazo de la disposición transitoria duodécima. En caso de varios planes, la reducción puede aplicarse a la prestación en forma de capital de cada plan individualmente. Para contingencias acaecidas en 2023, el plazo para aplicar este régimen finaliza el 31 de diciembre de 2025.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.