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V1585-26 18 de junio de 2026 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · deducción por eficiencia energética

Posibilidad de aplicar la deducción del 40% por mejora del consumo de energía primaria no renovable en la vivienda

El consultante pregunta si puede aplicar la deducción por obras de instalación de placas solares que redujeron el consumo de energía primaria no renovable en más de un 30%. La DGT responde que sí es posible siempre que se cumplan los requisitos de la disposición adicional 50ª de la LIRPF.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Posibilidad de aplicar la deducción prevista en el apartado segundo por obras para la mejora de la eficiencia energética en viviendas prevista en la disposición adicional 50ª de la LIRPF.

El criterio de la DGT

Es posible aplicar la deducción del 40% de las cantidades satisfechas por obras que mejoren el consumo de energía primaria no renovable en la vivienda habitual o arrendada. Para ello, se debe acreditar una reducción de al menos un 30% de dicho indicador o alcanzar una calificación energética 'A' o 'B' mediante certificado de eficiencia energética. La deducción se practicará en el período impositivo en que se expida el certificado posterior a las obras, siempre que este se emita antes del 1 de enero de 2027. La base máxima anual es de 7.500 euros.

Implicaciones prácticas

  • La deducción es aplicable tanto para la vivienda habitual como para la vivienda arrendada.
  • El derecho a la deducción nace con la expedición del certificado de eficiencia energética posterior a las obras.
  • Se requiere acreditar una reducción del 30% en el consumo de energía primaria no renovable o alcanzar calificación energética 'A' o 'B'.

Ejemplo

La base máxima anual para la deducción es de 7.500 euros.

Puntos de planificación

  • Valorar la obtención del certificado de eficiencia energética antes del 1 de enero de 2027.
  • Analizar si la obra realizada permite alcanzar la calificación 'A' o 'B' o la reducción del 30% en el consumo.

Checklist

  • Verificar que las obras mejoren el consumo de energía primaria no renovable.
  • Comprobar la reducción del 30% del indicador o la calificación energética 'A' o 'B'.
  • Confirmar la expedición del certificado de eficiencia energética tras la obra.
  • Asegurar que el certificado se emita antes del 1 de enero de 2027.
  • Validar que el importe de las cantidades satisfechas no exceda la base máxima anual.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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