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V1383-25 21 de julio de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · estimación objetiva

Posibilidad de aplicar el método de estimación objetiva en actividades de enseñanza del epígrafe 933.9 del IAE

El consultante pregunta si puede tributar por estimación objetiva en el IRPF realizando actividades de enseñanza (IAE 933.9). La DGT responde que dicha actividad está incluida en la normativa para 2025, siempre que se cumplan los requisitos y no existan causas de exclusión.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Si puede determinar el rendimiento neto de su actividad por el método de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

El criterio de la DGT

Las actividades de enseñanza del epígrafe 933.9 del IAE están incluidas en el método de estimación objetiva según la Orden HAC/1347/2024. El rendimiento neto podrá determinarse por este método siempre que se cumplan las magnitudes excluyentes del artículo 3 de dicha Orden y no concurran causas de exclusión.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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