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Una trabajadora consulta si la indemnización recibida por una sentencia para cubrir los gastos de un máster está exenta en el IRPF. La DGT responde que, al ser un reembolso en metálico de un gasto, constituye una retribución dineraria que debe tributar.
Cuestión planteada Tributación en el IRPF de la indemnización de los gastos del máster.
La indemnización por los gastos de obtención de una especialidad es una reparación de un perjuicio económico y no una indemnización por daños personales exenta. Al entregarse importes en metálico para reembolsar el gasto, la renta tiene consideración de dineraria según el artículo 42.1 de la Ley 35/2006. Por tanto, se encuadra como rendimiento íntegro del trabajo y no como renta en especie.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.
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