Un cotitular de un inmueble pregunta si puede pagar los recibos del IBI cuando estos se emiten a nombre de otro copropietario. La DGT responde que, al ser cotitulares, todos son sujetos pasivos y están obligados solidariamente al pago.
Cuestión planteada Se plantea si puede pagar los recibos del IBI de dicho inmueble.
Los cotitulares del derecho de propiedad sobre un inmueble son sujetos pasivos a título de contribuyente y están obligados solidariamente frente a la Administración al cumplimiento de las prestaciones del IBI. Por tanto, el consultante puede solicitar al Ayuntamiento que le gire los recibos. Asimismo, puede solicitar la división de la liquidación aportando los datos personales, domicilio y cuota de participación de los demás obligados.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.