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V0741-19 2 de abril de 2019 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · rendimientos netos

Se deben amortizar los elementos del inmovilizado material e intangible para calcular el rendimiento neto

El consultante pregunta si puede deducir las amortizaciones de los elementos adquiridos al comprar un negocio de administración de fincas. La DGT responde que los elementos del inmovilizado material e intangible deben amortizarse para determinar el rendimiento neto.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Deducibilidad de las amortizaciones de los citados elementos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

El criterio de la DGT

Para calcular los rendimientos netos de una actividad económica, los elementos de inmovilizado material, intangible e inversiones inmobiliarias que integren el negocio deben amortizarse elemento por elemento. Dichas amortizaciones se realizarán conforme a las reglas del Impuesto sobre Sociedades. Si se aplica la estimación directa simplificada, las amortizaciones del inmovilizado material se practicarán de forma lineal según la tabla de amortizaciones aprobada por el Ministro de Hacienda.

Implicaciones prácticas

  • Obligatoriedad de amortizar elemento por elemento el inmovilizado material, intangible e inversiones inmobiliarias para determinar el rendimiento neto.
  • Aplicación de las reglas del Impuesto sobre Sociedades para el cálculo de las amortizaciones.
  • Uso de tablas de amortización lineal del Ministerio de Hacienda en caso de estimación directa simplificada para el inmovilizado material.

Puntos de planificación

  • Valoración del método de amortización aplicable según el régimen de estimación adoptado.
  • Análisis de la correcta clasificación de los elementos adquiridos en la compra del negocio.

Checklist

  • Verificar que todos los elementos de inmovilizado material e intangible estén identificados individualmente.
  • Comprobar la aplicación de las reglas del Impuesto sobre Sociedades en el cálculo de las cuotas.
  • Validar el uso de las tablas de amortización del Ministerio de Hacienda si se aplica la estimación directa simplificada.
  • Asegurar que las inversiones inmobiliarias integradas en el negocio también se sometan al proceso de amortización.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

Texto íntegro de la consulta (fuente: DGT)

SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Consultas Vinculantes Documento 1 de 1 Documento seleccionado Nº de consulta V0741-19 Órgano SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Fecha salida 02/04/2019 Normativa LIRPF, Ley 35/2006, artículo 28. Descripción de hechos El consultante ha adquirido un negocio dedicado a la administración de fincas que incluye mobiliario, equipos informáticos, programas informáticos y la cartera de clientes. Cuestión planteada Deducibilidad de las amortizaciones de los citados elementos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Contestación completa Para calcular los rendimientos netos de una actividad económica, el artículo 28.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (BOE de 29 de noviembre) establece que se determinarán “según las normas del Impuesto sobre Sociedades, sin perjuicio de las reglas especiales contenidas en este artículo, en el artículo 30 de esta Ley para la estimación directa, y en el artículo 31 de esta Ley para la estimación objetiva.”. De acuerdo, con estas normas, los elementos de inmovilizado deberán amortizarse para la determinación del rendimiento neto. Es decir, se deberá amortizar los elementos patrimoniales del inmovilizado material (mobiliario, equipos informáticos), intangible (cartera de clientes, programas informáticos) e inversiones inmobiliarias que integren el negocio de forma individual, esto es, elemento por elemento. Dichas amortizaciones se deberán realizar conforme a las reglas contenidas en la normativa del Impuesto sobre Sociedades en materia de amortización de estos elementos. No obstante, en el caso de que el consultante determine el rendimiento neto de la actividad por el método de estimación directa simplificada, en el artículo 30.1ª del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el real Decreto 439/2007, de 30 de marzo (BOE de 31 de marzo) las amortizaciones del inmovilizado material se practicarán de forma lineal, en función de la Tabla de amortizaciones que se apruebe por el Ministro de Hacienda. Sobre las cuantías de amortización que resulten de estas tablas serán de aplicación las normas del régimen especial de entidades de reducida dimensión previstas en la normativa del Impuesto sobre Sociedades. La Tabla de amortización que debe aplicarse es la aprobada por la Orden de 27 de marzo de 1998, publicada en el BOE el día 28 de marzo. Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Aplicarlo a un caso real

Lo que aquí se publica, aplicado a una empresa o a un caso concreto. La primera reunión es gratuita.

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