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V0597-25 1 de abril de 2025 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · sucesión de empresa

La sucesión de empresa por fusión no implica la existencia de dos pagadores para el límite de declaración de IRPF

Se consulta si una fusión por absorción que conlleva la subrogación de trabajadores genera dos pagadores para determinar la obligación de declarar IRPF. La DGT responde que, al producirse una sucesión de empresa, la sociedad cesionaria mantiene la condición de mismo pagador.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Se pregunta sobre la existencia de uno o dos pagadores a efectos de determinar la obligación de declarar por el IRPF-2024.

El criterio de la DGT

La fusión por absorción constituye una sucesión de empresa en la que la sociedad cesionaria se subroga en los derechos y obligaciones laborales. Debido a esta subrogación, la duplicidad de empleadores no genera la existencia de más de un pagador a efectos de determinar el límite de la obligación de declarar. Por tanto, se mantiene el límite de 22.000 euros anuales previsto en el artículo 96.2.a) de la Ley del IRPF.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

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