Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
En la sucesión de empresa bajo el artículo 44.1 del Estatuto de los Trabajadores, la sociedad cesionaria mantiene la condición de mismo pagador. Esto impide que se considere la existencia de más de un pagador para el límite de la obligación de declarar por rendimientos del trabajo. En ausencia de otras rentas, el límite de exención se mantiene en 22.000 euros anuales.
La posición de la DGT es constante desde 2014. Todas las consultas analizadas confirman que el cesionario es el mismo pagador para efectos de retención y límites de declaración. No se observan cambios en la doctrina aplicada a este supuesto.
Análisis basado en 52 de 52 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.