Empresas con más de 10 trabajadores: 3 meses para adaptar el registro de jornada o multas de hasta 7.500 EUR/trabajador
Ficha tecnica
Resumen
La Ley Foral 17/2025 deroga y modifica varios artículos de leyes tributarias, incluyendo el artículo 2 de la Ley Foral 14/2013, y establece nuevas obligaciones sobre el registro de jornada para empresas con más de 10 trabajadores. Se introduce un plazo de tres meses para adaptar el sistema, y se prevén multas de hasta 7.500 euros por trabajador si no se cumple. Esta medida busca mejorar la transparencia y control en el registro laboral, especialmente en el ámbito fiscal.
En 2 claves
- Empresas con más de 10 trabajadores deben adaptar su registro de jornada en 3 meses (art. 2 de la Ley Foral 14/2013)
- Multas de hasta 7.500 EUR por trabajador si no se cumple el plazo (disposición final 1)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas con más de 10 trabajadores
- Con independencia del sector
art. 2 de la Ley Foral 14/2013
Aplica a este perfil
- Autónomos con trabajadores a cargo
Aplica a este perfil
- Empresas con más de 10 trabajadores
art. 2 de la Ley Foral 14/2013
Como afecta a los implicados
Para empresas con más de 10 trabajadores, se impone un plazo de tres meses para actualizar su registro de jornada. Si no lo hacen, enfrentan multas de hasta 7.500 euros por trabajador. Los asesores de recursos humanos y contadores deben revisar los registros y asegurarse de que se cumplan los nuevos requisitos. Las administraciones tributarias podrán exigir comprobaciones más rigurosas. Los trabajadores no sufren cambios directos, pero su jornada laboral será más controlada y documentada.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Adaptar el registro de jornada a los nuevos requisitos en el plazo de 3 meses | art. 2 de la Ley Foral 14/2013 | 3 meses desde entrada en vigor |
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