La Ley Foral 17/2025 deroga y modifica varios artículos de leyes tributarias, incluyendo el artículo 2 de la Ley Foral 14/2013, y establece nuevas obligaciones sobre el registro de jornada para empresas con más de 10 trabajadores. Se introduce un plazo de tres meses para adaptar el sistema, y se prevén multas de hasta 7.500 euros por trabajador si no se cumple. Esta medida busca mejorar la transparencia y control en el registro laboral, especialmente en el ámbito fiscal.
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art. 2 de la Ley Foral 14/2013
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Para empresas con más de 10 trabajadores, se impone un plazo de tres meses para actualizar su registro de jornada. Si no lo hacen, enfrentan multas de hasta 7.500 euros por trabajador. Los asesores de recursos humanos y contadores deben revisar los registros y asegurarse de que se cumplan los nuevos requisitos. Las administraciones tributarias podrán exigir comprobaciones más rigurosas. Los trabajadores no sufren cambios directos, pero su jornada laboral será más controlada y documentada.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Adaptar el registro de jornada a los nuevos requisitos en el plazo de 3 meses | art. 2 de la Ley Foral 14/2013 | 3 meses desde entrada en vigor |
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