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BOE-A-2026-2547 ·4 de febrero de 2026 ·Ley critical
Fiscal

Empresas con más de 10 trabajadores: 1 de enero de 2025 para adaptar registros tributarios o multas de hasta 7.500 EUR

La norma modifica el artículo 3 del Real Decreto 401/2021 y otras disposiciones para exigir a empresas con más de 10 trabajadores que actualicen sus registros tributarios. El plazo de aplicación es desde el 1 de enero de 2025 (art. 3 del RDL 401/2021 y disposiciones modificadas). Las multas por incumplimiento ascienden a hasta 7.500 EUR por trabajador (art. 83 del RDL 1/2025).

En 2 claves

  1. Empresas con más de 10 trabajadores deben actualizar registros tributarios antes del 1 de enero de 2025 (art. 3 del Real Decreto 401/2021)
  2. Multas de hasta 7.500 EUR por trabajador por incumplimiento (art. 83 del Real Decreto-ley 1/2025)

A quién afecta

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  • Empresas con más de 10 trabajadores
  • Con independencia del sector

art. 3 del Real Decreto 401/2021

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  • Autónomos con trabajadores a cargo podrían estar afectados si tienen más de 10 empleados

Aplica a este perfil

  • Empresas con más de 10 trabajadores

art. 3 del Real Decreto 401/2021

Cómo afecta a los implicados

Las empresas con más de 10 trabajadores deben actualizar sus registros tributarios antes del 1 de enero de 2025. Si no lo hacen, enfrentan multas de hasta 7.500 EUR por trabajador. Los asesores tributarios deben revisar los registros de sus clientes y asegurarse de que estén actualizados. Las administraciones tributarias podrán aplicar sanciones por incumplimiento.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Actualizar registros tributarios antes del 1 de enero de 2025 art. 3 del Real Decreto 401/2021 1 de enero de 2025
Verificar que los registros estén actualizados para evitar multas de hasta 7.500 EUR por trabajador art. 83 del Real Decreto-ley 1/2025

Línea de vida

2026-02-04PublicacionPublicación en el BOE
2026-02-05Entra en vigorEntrada en vigor (fecha_vigencia (indice oficial del BOE))
Doctrina de las normas afectadas
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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