La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Cantabria ha acordado iniciar negociaciones para resolver las discrepancias detectadas en la Ley de Cantabria 8/2026, de 23 de junio, de Ordenación del Transporte Marítimo de Cantabria (Anexo, punto 1.º). Para ello, se ha designado un Grupo de Trabajo encargado de proponer soluciones técnicas a la Comisión (Anexo, punto 2.º). El acuerdo se comunica al Tribunal Constitucional conforme a la Ley Orgánica 2/1979 (Anexo, punto 3.º).
Para el sector del transporte marítimo en Cantabria, la norma genera una situación de incertidumbre jurídica temporal, ya que se han identificado discrepancias en artículos clave como el 1, 2, 4, 6, 7, 11, 13, 14, 17, 28 y 29 (Anexo, punto 1.º). La resolución de estas diferencias dependerá de la labor del nuevo Grupo de Trabajo designado (Anexo, punto 2.º). No se establecen plazos de resolución ni sanciones inmediatas, pero el proceso se ha puesto en conocimiento del Tribunal Constitucional (Anexo, punto 3.º).
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