Ir al contenido
BOE-A-2026-17345 ·8 de agosto de 2026 ·Resolución not-relevant
Fiscal

Administraciones: la prohibición de disponer de la AEAT bloquea la inscripción de adjudicaciones de la Seguridad Social

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública confirma que una anotación preventiva de prohibición de disponer ordenada por la AEAT impide la inscripción de un mandamiento de cancelación de cargas de la Seguridad Social si la prohibición es posterior al gravamen ejecutado (fundamentos jurídicos I). En estos casos, se produce un cierre registral que requiere la autorización expresa de la autoridad administrativa que impuso la medida cautelar para proceder con la inscripción (fundamentos jurídicos I).

En 2 claves

  1. La prohibición de disponer administrativa posterior al gravamen genera cierre registral a la inscripción de la ejecución (fundamentos jurídicos I). (fundamentos jurídicos I)
  2. La inscripción requiere la autorización de la autoridad administrativa que acordó la medida cautelar (fundamentos jurídicos I). (fundamentos jurídicos I)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas con deudas con la Seguridad Social y la AEAT
  • Propiedades con anotaciones de prohibición de disponer

Aplica a este perfil

  • Personas físicas con deudas tributarias o de seguridad social que afecten a bienes inmuebles

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas (en este caso, una mercantil) que se enfrentan a ejecuciones de la Seguridad Social, la existencia de una prohibición de disponer previa de la AEAT bloquea la limpieza de la finca en el Registro de la Propiedad (fundamentos jurídicos I). El afectado no puede inscribir la adjudicación sin que la AEAT cancele su anotación o autorice la transmisión (fundamentos jurídicos I).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Solicitar a la AEAT la autorización para la inscripción de la adjudicación o la cancelación de la prohibición de disponer fundamentos jurídicos I

Línea de vida

2026-08-08PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto