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BOE-A-2026-1225 ·19 de enero de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Planes de pensiones: el tipo de interés máximo aplicable para el ejercicio 2026 queda fijado en el 3,25%

La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones establece que el tipo de interés máximo utilizable para la capitalización de aportaciones en planes de pensiones durante el ejercicio 2026 será del 3,25% (Resolución de 9 de enero de 2026). Este límite se aplica a planes donde la prestación esté definida y se garantice exclusivamente un tipo de interés mínimo o determinado, siempre que los compromisos estén en euros (art. 3.1a Orden EHA/407/2008).

En 2 claves

  1. El tipo de interés máximo utilizable para el ejercicio 2026 será el 3,25 por 100 (Resolución de 9 de enero de 2026)
  2. Aplica a planes con contingencias de prestación definida y garantía de tipo de interés mínimo o determinado (art. 3.1a Orden EHA/407/2008)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Aplica a este perfil

  • Empresas con planes de pensiones de empleo
  • Planes con prestaciones definidas y garantías de interés mínimo

art. 19.3 RD 304/2004

Cómo afecta a los implicados

Para las entidades gestoras de planes de pensiones, este porcentaje actúa como el techo máximo para la cuantificación del coste y de las provisiones de los planes que cubran riesgos (art. 19.3 RD 304/2004). Los beneficiarios de planes con rentabilidad garantizada ven limitado el crecimiento de sus capitalizaciones al máximo legal establecido para este ejercicio.

Línea de vida

2026-01-19PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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