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V5265-26 28. Juli 2026 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · deducción por eficiencia energética

Abzug für Energieeffizienz: Anwendbarkeit im Jahr der Ausstellung des Zertifikats

Ein Steuerpflichtiger erkundigt sich, für welchen Veranlagungszeitraum der Abzug für energetische Sanierungsmaßnahmen geltend gemacht werden kann, wenn die Zahlung im Jahr 2025 erfolgt, das Zertifikat jedoch erst 2026 ausgestellt wird. Die DGT stellt klar, dass der Abzug in dem Veranlagungszeitraum vorzunehmen ist, in dem das Zertifikat ausgestellt wird.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si tiene derecho a aplicar la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de la disposición adicional quincuagésima de la LIRPF cuando el certificado de eficiencia energética posterior a las obras se expide en 2026, habiéndose satisfecho los pagos en 2025, y en qué período impositivo debe practicarse la deducción.

Die Entscheidung der DGT

La deducción por obras de mejora de la eficiencia energética se practicará en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras. Si el certificado se expide en un período posterior al de los pagos, la deducción se practicará en el ejercicio de los pagos tomando en cuenta las cantidades satisfechas. En el caso concreto, al expedirse el certificado en 2026, la deducción debe practicarse en la declaración de 2026. El derecho se genera con la expedición, pero requiere que el certificado esté inscrito en el registro correspondiente.

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