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V5026-16 18. November 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Anwendung des Sonderregimes für Sacheinlagen bei Erfüllung der Beteiligungs- und wirtschaftlichen Voraussetzungen

Eine natürliche Person erkundigt sich, ob die Einbringung von Anteilen in eine Holdinggesellschaft unter das Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die erforderlichen Beteiligungsquoten erreicht werden und die Transaktion über den bloßen Steuervorteil hinaus auf gültigen wirtschaftlichen Gründen beruht.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial previsto en el Capítulo VII del título VII de la Ley 27/2014 de 27 de noviembre, del Impuesto de Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España y el aportante debe participar en al menos el 5% de sus fondos propios tras la operación. En el caso de acciones, estas deben representar al menos el 5% de los fondos propios de la entidad y haber sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior. Además, la operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión, debiendo responder a motivos económicos válidos y no a la mera búsqueda de una ventaja fiscal.

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