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V4851-16 11. November 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · escisión parcial

Keine Anwendung des Sonderregimes für Spaltungen bei Immobilien ohne eigenständigen Geschäftsbereich

Die Gruppe J fragt an, ob das Sonderregime für Spaltungen angewendet werden kann, um ihre Immobiliengeschäfte abzuspalten und eine finanzielle Spaltung durchzuführen. Die DGT stellt fest, dass eine Spaltung von Immobilien nicht qualifiziert, wenn keine autonome wirtschaftliche Einheit vorliegt, eine finanzielle Spaltung hingegen zulässig sein könnte.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si las operaciones descritas pueden acogerse al régimen fiscal especial previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre.

Die Entscheidung der DGT

Para que una escisión parcial acceda al régimen especial, el patrimonio segregado debe constituir una rama de actividad, entendida como una unidad económica autónoma capaz de funcionar por sus propios medios. En el caso de inmuebles, no se aplica el régimen si no se demuestra una organización empresarial diferenciada y una actividad previa en la transmitente. Por otro lado, la escisión financiera sí puede acogerse al régimen si se mantienen participaciones mayoritarias en otras entidades o una rama de actividad. Finalmente, la operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, sino motivos económicos válidos.

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