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V4728-16 8. November 2016 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · amortización anticipada

Keine antezeitige Tilgung ausschließlich für Schulden aus Krediten für Nicht-Wohnimmobilien möglich

Ein Anfragender erkundigte sich, ob er den Teil des Darlehens, der zur Finanzierung von Vermögenswerten außerhalb der Hauptwohnung dient, vorzeitig tilgen könne, um den ausstehenden Kapitalbetrag auf die Hauptwohnung zu beschränken. Die DGT entschied, dass eine Individualisierung der Schulden für jeden einzelnen im Rahmen eines Darlehens finanzierten Vermögenswert nicht möglich ist.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Posibilidad de considerar cada anualidad, o amortización parcial anticipada, destinada exclusivamente a amortizar una o algunas de las cosas que financia el préstamo, pudiendo llegar, en primer lugar, hasta la total amortización de solo dichas cosas. En particular, afectarlo al conjunto de bienes financiados distintos a la vivienda habitual, permitiendo así considerar la totalidad de ésta cuantía no integrable en la base de la deducción por inversión en vivienda habitual; y, una vez amortizada tales bienes, considerar que las siguientes anualidades que se satisfagan del préstamo se corresponderán únicamente, en su totalidad, con la amortización de la financiación obtenida para adquirir la vivienda habitual.

Die Entscheidung der DGT

En un contrato de préstamo con un único deudor y acreedor, no es posible evaluar el montante de deuda respecto de las diversas cosas financiadas. Cada pago cubre una parte alícuota de cada bien financiado, por lo que no se puede atribuir una anualidad o amortización a la reducción de la deuda de un bien concreto. Por tanto, cada amortización debe integrarse en la deducción por inversión en vivienda habitual de forma proporcional al porcentaje que represente la vivienda sobre el total del préstamo.

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