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V4514-16 19. Oktober 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · deterioro de créditos

Abzugsfähigkeit von Wertminderungen auf Forderungen aus Lieferungen und Leistungen hängt von den Anforderungen des Art. 13.1 LIS ab

Eine Gesellschaft in Liquidation erkundigt sich, ob Wertminderungen auf Forderungen aus Lieferungen und Leistungen rückgängig gemacht werden müssen und ob diese steuerlich abzugsfähig sind. Die DGT stellt klar, dass die Abzugsfähigkeit von der Erfüllung der Voraussetzungen des Art. 13.1 LIS sowie der allgemeinen Anforderungen an Betriebsausgaben abhängt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la sociedad deber revertir los deterioros de créditos comerciales en el ejercicio de disolución teniendo que tributar la sociedad en el Impuesto sobre Sociedades por la reversión del deterioro y teniendo que tributar el socio en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas por los derechos de cobro deteriorados aunque sea imposible hacerlos efectivo, o bien si se puede mantener el deterioro ya que para la sociedad ese es el valor real del activo puesto que lo considera incobrable.

Die Entscheidung der DGT

El deterioro contable de créditos será fiscalmente deducible si se cumplen las circunstancias de insolvencia del artículo 13.1 de la LIS (vencimiento de 6 meses, concurso, alzamiento de bienes o reclamación judicial) y no concurren las exclusiones de dicho artículo. Si posteriormente se produce la baja del crédito según la normativa contable, no será necesario realizar ajustes al resultado contable para determinar la base imponible.

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