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V4248-16 4. Oktober 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · ajuste de signo contrario

Anpassung mit umgekehrtem Vorzeichen bei Dividenden kann im Zeitraum des Übertragungsnachweises erfolgen

Es wird angefragt, in welchem Veranlagungszeitraum die in Art. 95.2 des TRLIS vorgesehene Anpassung für erhaltene Dividenden anzuwenden ist. Die DGT antwortet, dass die Anpassung zum Zeitpunkt der Auflösung oder davor erfolgen kann, sofern die Übertragung der Beteiligung durch die Gesellschafter nachgewiesen wird.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1. En qué período impositivo resulta de aplicación el ajuste previsto en el artículo 95.2 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades por parte de C por los dividendos recibidos en 2012, teniendo en cuenta que es en 2013 cuando los anteriores titulares de la participación en E transmitieron su participación en C e integraron en sus respectivas bases imponibles la correspondiente plusvalía.

Die Entscheidung der DGT

El ajuste de signo contrario del artículo 95.2 del TRLIS se realiza en el momento de la extinción de la entidad adquirente o en un momento previo si se prueba la transmisión de la participación por los socios. Dicho ajuste podrá practicarse en el período impositivo en que se tenga la referida prueba. El ajuste debe corresponder con la renta integrada por los socios en su base imponible para corregir la doble imposición.

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