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V4129-15 22. Dezember 2015 · SG de Tributación de las Operaciones Financieras Kriterium gültig
IRPF · aportaciones

Beiträge zu Rentenplänen nach Rentenbeginn nur noch für Todesfall und Pflegebedürftigkeit zulässig

Es wurde angefragt, ob eine Person nach Rentenbeginn weiterhin Beiträge zu Rentenplänen leisten und den entsprechenden Steuerabzug geltend machen kann. Die DGT stellt klar, dass bei bereits bezogener Altersrente die Beiträge nur noch die Risiken Todesfall und Pflegebedürftigkeit abdecken dürfen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Posibilidad de realizar nuevamente aportaciones a los planes de pensiones en el ejercicio 2015 y de aplicar la reducción en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En caso afirmativo, contingencias cubiertas por dichas aportaciones

Die Entscheidung der DGT

Una vez iniciado el cobro de la prestación de jubilación, las aportaciones al plan de pensiones solo podrán destinarse a las contingencias de fallecimiento y dependencia. Si se cumplen estos requisitos, las aportaciones podrán ser objeto de reducción en la base imponible general del IRPF, respetando los límites máximos establecidos en la Ley 35/2006.

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