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V4077-15 18. Dezember 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · régimen especial de fusiones

Fusionsnachfolge kann unter das Sonderregime der Körperschaftsteuer fallen, sofern wirtschaftliche Gründe vorliegen

Die anfragenden Unternehmen erkundigen sich, ob ihre Umstrukturierung unter das steuerliche Sonderregime für Fusionen fallen kann. Die DGT stellt klar, dass die Fusion unter Anwendung dieses Regimes erfolgen kann, sofern sie die handelsrechtlichen Anforderungen sowie die Bedingungen des Artikels 76.1 LIS erfüllt und aus triftigen wirtschaftlichen Gründen erfolgt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si a la operación de reestructuración planteada le resulta de aplicación el régimen fiscal especial del capítulo VII del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de fusiones, la operación debe cumplir los términos del artículo 76.1 de la LIS y realizarse bajo la Ley 3/2009. No se aplicará el régimen si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si no existen motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. En este caso, evitar la duplicidad de gastos contables y administrativos se considera un motivo económico válido según el artículo 89.2 de la LIS.

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