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V3639-20 28. Dezember 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · fusión por absorción

Fusionsabsorption kann unter das Sonderregime der Körperschaftsteuer fallen, sofern wirtschaftliche Gründe vorliegen

Ein Unternehmen plant die Fusion durch Absorption von drei Gesellschaften zur Vereinheitlichung seiner Immobilienaktivitäten. Die DGT stellt fest, dass die Transaktion das Sonderregime der Körperschaftsteuer anwenden könnte, sofern mercantile und wirtschaftliche Voraussetzungen erfüllt sind, und analysiert die steuerliche Behandlung hinsichtlich der Umsatzsteuer, der Grunderwerbsteuer sowie der Steuern auf unbewegliches Vermögen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si a la operación planteada le es de aplicación el régimen fiscal especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores y cambio de domicilio social de una Sociedad Europea o una Sociedad Cooperativa Europea de un Estado miembro a otro de la Unión Europea. Concretamente:

Die Entscheidung der DGT

En el IS, la fusión puede acogerse al régimen especial si se realiza en el ámbito mercantil y responde a motivos económicos válidos de reestructuración, no a una mera ventaja fiscal. En el IVA, la no sujeción requiere que los elementos transmitidos constituyan una unidad económica autónoma. En el ITP y AJD, las operaciones de reestructuración están exentas. El IIVTNU no se devengará si concurren las circunstancias de la disposición adicional segunda de la LIS.

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