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V3586-15 18. November 2015 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · indemnización

Abfindungen bei Beendigung befristeter Arbeitsverhältnisse sind nicht von der Einkommensteuer befreit

Der Anfragende erkundigt sich nach der steuerlichen Behandlung von Abfindungen bei der Beendigung befristeter Arbeitsverhältnisse. Die DGT stellt klar, dass diese Beträge nicht unter die Steuerbefreiung für Kündigungsentschädigungen fallen und als Arbeitslohn zu versteuern sind.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Tratamiento fiscal que debe darse a dichas indemnizaciones, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, dada la discrepancia que manifiesta respecto a las retenciones aplicadas sobre Ios rendimientos del trabajo.

Die Entscheidung der DGT

La exención de las indemnizaciones por despido o cese solo aplica cuando la cuantía es obligatoria por el Estatuto de los Trabajadores y la causa es el despido o cese. En los casos de extinción por expiración del tiempo o finalización de obra o servicio, aunque exista derecho a la indemnización, esta no es una renta exenta. Por tanto, tributan como rendimientos del trabajo. La reducción del 40% (o 30% según la fecha) solo aplica si existe un periodo de generación superior a dos años.

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