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V3518-19 23. Dezember 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · régimen especial de fusiones

Fusionen können unter das Sonderregime fallen, sofern wirtschaftliche Gründe vorliegen und die Anforderungen des LIS erfüllt werden

Die Anfragende erkundigt sich, ob eine Umstrukturierung unter das Sonderregime für Fusionen im Rahmen der Körperschaftsteuer fallen kann. Die DGT stellt klar, dass die Transaktion sowohl handelsrechtliche als auch steuerrechtliche Anforderungen erfüllen muss und nicht primär auf die Erlangung eines Steuervorteils abzielen darf.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1º) Si resulta de aplicación a la operación de reestructuración planteada el régimen fiscal especial previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial, la operación debe realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir el artículo 76.1 de la LIS. No se aplicará si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si carece de motivos económicos válidos como la racionalización de actividades. La existencia de bases imponibles negativas en la sociedad absorbida no impide el régimen, siempre que se mantengan las actividades y se respeten los límites de compensación de los artículos 84 y la disposición transitoria decimosexta de la LIS.

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