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V3510-19 20. Dezember 2019 · SG de Tributos Kriterium gültig
IVA · exportación de bienes

Verkäufe an Touristen, die als Exporte gelten, müssen nicht in Formular 347 angegeben werden

Ein Händler erkundigt sich, ob ein Verkauf von über 3.005 Euro an einen nicht ansässigen Touristen, der die Ware exportieren wird, in Formular 347 zu melden ist. Die DGT stellt klar, dass der Vorgang aufgrund des Exportcharakters von der Informationspflicht ausgenommen ist.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada El consultante pregunta si hay que incluir dicha operación en el modelo 347 al ser superior a 3.005 euros, o si se trata como una exportación no habría que declararlo, y, en caso de tener que declararlo en dicho modelo, cómo se declararía la información al no tener NIE o NIF emitido en España.

Die Entscheidung der DGT

Las entregas de bienes a viajeros que residan fuera de la Comunidad y que los transporten fuera de ella están exentas de IVA bajo ciertos requisitos. Al tener la consideración de exportación, estas operaciones quedan excluidas del deber de relacionarlas en la declaración anual de operaciones con terceros. El vendedor debe expedir factura repercutiendo el impuesto, que luego se recuperará mediante el sistema de reembolso para viajeros.

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