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V3384-19 11. Dezember 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IRPF · rendimientos de actividades económicas

Vergütung von Gesellschaftern für Dienstleistungen: Einkünfte aus wirtschaftlicher Tätigkeit oder Arbeitseinkommen

Eine zivilrechtliche Gesellschaft einer Tierklinik erkundigt sich nach der steuerlichen Behandlung der Vergütungen ihrer Gesellschafter für erbrachte Leistungen. Die DGT analysiert die Einstufung in der Einkommensteuer (IRPF), die Umsatzsteuerpflicht sowie die Abzugsfähigkeit in der Körperschaftsteuer.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada .- Tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de la retribución percibida por cada socio por los servicios prestados en la sociedad.

Die Entscheidung der DGT

En IRPF, los servicios de un socio son rendimientos de actividades económicas si la sociedad es de servicios profesionales, el socio realiza servicios propios del objeto social y está en el régimen de autónomos. Si no se cumplen estos requisitos, son rendimientos del trabajo. Para el IVA, la sujeción depende de si el socio actúa con independencia o subordinación, analizando la organización de medios, la responsabilidad y el riesgo económico. En el Impuesto sobre Sociedades, los gastos por estos servicios son deducibles si cumplen con la normativa contable, el devengo, la correlación de ingresos y gastos, la justificación documental y el valor de mercado.

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