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V3364-16 18. Juli 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · deducción por producciones extranjeras

Abzug für Auslandsproduktionen über Arbeitsbescheinigungen möglich

Eine Filmproduktionsfirma fragt an, ob sie den Abzug gemäß Art. 36.2 LIS zum Ende eines jeden Wirtschaftsjahres auf der Grundlage von Teilbescheinigungen über ausgeführte Arbeiten geltend machen kann. Die DGT antwortet, dass dies möglich ist, sofern die Bescheinigungen die Übergabe ausgeführter Leistungseinheiten beinhalten.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1) Si el artículo 36.2 de la LIS debe interpretarse en el sentido de que la deducción puede aplicarse al cierre de cada período impositivo en que se haya generado la misma, en función de los gastos incurridos en dicho período y sobre la base de certificaciones parciales de obra.

Die Entscheidung der DGT

La entidad puede aplicar la deducción del artículo 36.2 de la LIS por los gastos incurridos en el periodo impositivo que se justifiquen con la certificación de obra, siempre que contractualmente se establezca que dichas certificaciones suponen la entrega de las unidades de obra ejecutadas. Los límites de la deducción se determinarán atendiendo al importe total de la producción realizada en España. Asimismo, no se pueden aplicar ambas deducciones sobre el mismo importe o elemento, pero sí simultáneamente si los gastos e inversiones son distintos y se identifican de forma clara y separada.

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