Zum Inhalt springen
Zurück zum Index
V3256-16 12. Juli 2016 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Kriterium gültig
ISD · legado de cosa ajena

Abzugsfähigkeit von Vermächtnissen fremder Sachen von der Bemessungsgrundlage der Erbschaft- und Schenkungsteuer

Es wird die steuerliche Behandlung von Vermächtnissen fremder Sachen, die Anwendung von Vergünstigungen für Unternehmen sowie die Nichtunterwerfung unter die Einkommensteuer (IRPF) erörtert. Die DGT stellt klar, dass ein Vermächtnis fremder Sachen eine abzugsfähige Last für den Erben darstellt und dass die Übertragung von Todes wegen nicht der Einkommensteuer unterliegt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Efectos en la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones tanto para el heredero que lo soporta como para el beneficiario. Aplicabilidad de la reducción prevista en la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por la adquisición "mortis causa" de las participaciones en sociedad limitada que se transmiten. No sujeción al IRPF al estar la transmisión sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Die Entscheidung der DGT

El legado de cosa ajena se considera una carga impuesta al sucesor universal para aceptar la herencia, por lo que es deducible de su base imponible. El legatario debe incluir en su base imponible el valor del legado recibido. Si se cumplen los requisitos de la Ley 29/1987, procede la reducción del 95% por la adquisición de participaciones en empresas. La transmisión de bienes por herencia no está sujeta al IRPF al no existir ganancia o pérdida patrimonial.

E-Mail
Kontakt