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V3105-21 14. Dezember 2021 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · sujeción al impuesto

Werbung für Unternehmen in Ceuta: Keine Umsatzsteuerpflicht bei Sitz des Empfängers in der Stadt

Ein Online-Glücksspielunternehmen erkundigt sich, ob die neue Struktur in Ceuta die Anwendung ermäßigter IAJ-Steuersätze ermöglicht und ob die von den Tochtergesellschaften in Ceuta bezogenen Werbedienstleistungen der Umsatzsteuer unterliegen. Die DGT stellt klar, dass Werbedienstleistungen nicht der Umsatzsteuer unterliegen, sofern die Unternehmen in Ceuta ansässig sind, und erläutert die Anforderungen an eine tatsächliche Niederlassung in Ceuta.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si los servicios de publicidad que va a recibir la consultante de entidades establecidas en el territorio de aplicación del impuesto se encontrarían sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido. Si la creación de esta nueva estructura en Ceuta determinará que la entidad cumpla los requisitos para aplicar los tipos de gravamen reducidos previstos en el apartado 2 del artículo 48.7 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.

Die Entscheidung der DGT

Los servicios de marketing y publicidad no estarían sujetos a IVA si el destinatario es una entidad establecida en Ceuta, ya que no se aplicaría la regla de uso efectivo. Para aplicar tipos reducidos de IAJ, la operadora debe tener residencia fiscal en Ceuta o Melilla y estar realmente radicada, lo que requiere que más del 50% de la plantilla y de la masa salarial residan allí, y que los servicios intragrupo no superen el 50% de los costes totales. El uso de un único contrato de arrendamiento con subarrendamiento posterior no impide la radicación, pero el coste del subarrendamiento computará como servicio intragrupo.

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