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V2804-14 17. Oktober 2014 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · régimen especial de fusiones

Stiftungen können das Sonderregime für Fusionen nutzen, wenn sie ihr Vermögen auf die kontrollierende Einheit übertragen

Es wurde angefragt, ob die vollständige Übertragung von Vermögenswerten einer Instrumentenstiftung auf ihre kontrollierende Einheit unter das steuerliche Sonderregime für Fusionen fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die Transaktion einer unvollständigen Fusion (fusión impropia) gleichgestellt werden kann und die gesetzlichen Anforderungen erfüllt sind.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación mencionada de cesión global de activos puede acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VIII del Título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de Marzo.

Die Entscheidung der DGT

El régimen especial de fusiones es aplicable a sujetos pasivos que no tengan forma de sociedad mercantil, siempre que produzcan resultados equivalentes a una fusión. En este caso, la fundación puede aplicar el régimen si su disolución sin liquidación suponga la transmisión de la totalidad de su patrimonio a la entidad que ejerce el control total. La operación debe responder a motivos económicos válidos y no tener como principal objetivo el fraude o la ventaja fiscal.

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