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V2803-20 14. September 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IRPF · aportación no dineraria

Voraussetzungen für die Anwendung des Sonderregimes für Sacheinlagen im Körperschaftsteuergesetz (LIS)

Eine natürliche Person erkundigt sich, ob die Einbringung von Geschäftsanteilen ihrer Gesellschaften in eine neue Holding unter das Sonderregime des LIS fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die Anforderungen an die Beteiligung und den Besitz erfüllt sind und die Transaktion auf gültigen wirtschaftlichen Gründen beruht, statt einer rein steuerlichen Zwecksetzung zu dienen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Posibilidad de aplicar, a las operaciones de reestructuración societaria descritas, el régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores y cambio de domicilio social de una sociedad europea o una sociedad cooperativa europea de un estado miembro a otro de la Unión Europea, regulado en el Capítulo VII del Título VII de la ley del impuesto sobre sociedades.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España o tener un establecimiento permanente. El aportante debe poseer las participaciones ininterrumpidamente durante el año anterior y estas deben representar al menos el 5% de los fondos propios de la entidad. Además, la operación no debe tener como objetivo principal la ventaja fiscal, sino motivos económicos válidos. Los motivos expuestos por la consultante podrían considerarse válidos, aunque su calificación final depende de la realidad de los hechos.

Auf einen konkreten Fall anwenden

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