Zum Inhalt springen
Zurück zum Index
V2780-17 27. Oktober 2017 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · exención por trabajos en el extranjero

Steuerbefreiung für Auslandsarbeit bis zu 60.100 Euro jährlich anwendbar

Ein Unternehmen erkundigt sich, ob für Mitarbeiter, die nach Miami entsandt wurden, die Steuerbefreiung für im Ausland ausgeübte Tätigkeiten gilt. Die DGT stellt fest, dass diese anwendbar ist, sofern die Voraussetzungen hinsichtlich des Wohnsitzes und der Erbringung von Dienstleistungen für eine nicht ansässige Einheit erfüllt sind.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Bajo la hipótesis de que ninguno de los trabajadores desplazados perdería su residencia fiscal en España como consecuencia del desplazamiento a Miami, aplicación, sobre sus retribuciones, de la exención prevista en la letra p) del artículo 7 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y forma de cálculo en cuanto a la determinación de la parte de las retribuciones no específicas correspondientes a los días que el trabajador efectivamente ha estado desplazado en el extranjero.

Die Entscheidung der DGT

La exención del artículo 7.p) de la LIRPF procede si los trabajos se realizan efectivamente en el extranjero para una entidad no residente y en un país con convenio de intercambio de información. Para calcular la parte exenta de las retribuciones no específicas, se aplica un reparto proporcional según los días de estancia efectiva en el extranjero, sin incluir días por motivos particulares o vacaciones. Las retribuciones específicas por el desplazamiento también están exentas. El límite máximo es de 60.100 euros anuales.

Auf einen konkreten Fall anwenden

Was hier veröffentlicht wird, angewandt auf ein Unternehmen oder einen konkreten Fall. Das erste Gespräch ist kostenlos.

E-Mail
Kontakt