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V2755-23 10. Oktober 2023 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · neutralidad fiscal

Anwendung der steuerlichen Neutralität bei der Einbringung von Geschäftsanteilen in eine Holdinggesellschaft

Eine natürliche Person erkundigt sich, ob die Einbringung ihrer Anteile an verschiedenen Unternehmen in ihre Holdinggesellschaft unter das Sonderregime für Umstrukturierungen fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die Anforderungen an die Mindestbeteiligung, die Haltedauer und das Fehlen rein steuerlicher Zwecke erfüllt werden.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1. Si la operación de reestructuración que realizará la consultante (PF3) puede acogerse al régimen fiscal especial del Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

La aportación de participaciones a una sociedad holding puede acogerse al régimen de neutralidad fiscal del Capítulo VII de la LIS si la entidad receptora es residente en España, la participación es igual o superior al 5% de los fondos propios, las participaciones se han poseído ininterrumpidamente durante el año anterior y la operación tiene motivos económicos válidos. En este caso, la entidad holding mantiene el valor fiscal y la antigüedad de las participaciones originales. Asimismo, los dividendos percibidos por la holding podrían estar exentos según el artículo 21 de la LIS si se cumplen los requisitos de participación y antigüedad.

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