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V2696-19 2. Oktober 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Anwendung des Sonderregimes für Sacheinlagen bei Erfüllung der Beteiligungs- und wirtschaftlichen Voraussetzungen

Ein Steuerpflichtiger erkundigt sich, ob die Einbringung von Geschäftsanteilen mehrerer Unternehmen in eine in Spanien ansässige Gesellschaft unter das Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die erforderlichen Beteiligungs- und Besitzquoten erfüllt sind und die Transaktion auf gültigen wirtschaftlichen Gründen beruht.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España o tener un establecimiento permanente. El aportante debe poseer las participaciones ininterrumpidamente durante el año anterior y, tras la aportación, mantener al menos un 5% de los fondos propios de la entidad receptora. Además, las participaciones no deben pertenecer a entidades con régimen de AIE, UTÉ o gestión de patrimonio mobiliario/inmobiliario. Finalmente, la operación debe responder a motivos económicos válidos y no tener como objetivo principal el fraude o la ventaja fiscal.

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