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V2667-16 14. Juni 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · régimen especial de fusiones

Sonderregime für Fusionen auch bei wirtschaftlichen statt rein steuerlichen Gründen anwendbar

Eine Einheit erkundigte sich, ob eine Fusion zwischen ihren Tochtergesellschaften unter das steuerliche Sonderregime fallen kann. Die DGT stellt klar, dass dies möglich ist, sofern die Transaktion sowohl die handelsrechtlichen als auch die steuerlichen Anforderungen erfüllt und aus validen wirtschaftlichen Gründen erfolgt, statt lediglich der Erlangung eines Steuervorteils zu dienen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial previsto en el Capítulo VII del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

Para acogerse al régimen especial de fusiones, la operación debe realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir el artículo 76.1.c) de la LIS. No se aplicará el régimen si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si carece de motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. Los motivos económicos expuestos por la consultante se consideran válidos. La existencia de bases imponibles negativas no invalida el régimen si las entidades son operativas y la finalidad no es el aprovechamiento de dichas bases.

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