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V2567-20 28. Juli 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · fusión por absorción

Verschmelzung durch Absorption: Voraussetzungen für das Sonderregime nach Handelsrecht und wirtschaftlichen Gründen

Zwei Unternehmen eines Steuerverbunds fragen an, ob ihre Verschmelzung durch Absorption das Sonderregime der Körperschaftsteuer in Anspruch nehmen kann. Die DGT stellt fest, dass die handelsrechtlichen Vorschriften sowie Artikel 76.1 des LIS erfüllt sein müssen und die steuerliche Ersparnis nicht der Hauptzweck der Transaktion sein darf.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1º) Si la fusión de ambas sociedades podría acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. A tal efecto, dado que en la actualidad ambas entidades se encuentran consolidando en el Impuesto sobre Sociedades, los socios tienen dudas sobre si el empleado de la entidad B comprendería la totalidad de la actividad del grupo para su consideración como actividad empresarial.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de fusiones, la operación debe realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir el artículo 76.1 de la LIS. No se aplicará el régimen si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si carece de motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización. En grupos de sociedades, el concepto de actividad económica se determina teniendo en cuenta a todas las que formen parte del mismo grupo según el Código de Comercio.

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