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V2537-15 3. September 2015 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · imputación temporal

Lohnrückstände sind dem Geschäftsjahr zuzurechnen, in dem sie fällig waren

Ein Arbeitnehmer erkundigt sich, wann die im Jahr 2014 ausstehenden Gehälter, die erst 2015 ausgezahlt werden, zu deklarieren sind. Die DGT stellt fest, dass die steuerliche Zuordnung davon abhängt, wann die Forderungen fällig wurden.

Die gestellte Frage

Imputación temporal de las cantidades que se abonen en concepto de atrasos.

Die Entscheidung der DGT

Los rendimientos del trabajo se imputan al periodo en que sean exigibles por su perceptor. Si la exigibilidad corresponde al periodo en que se desarrolló el trabajo, la imputación se realiza en ese periodo. Si los atrasos de 2014 se perciben entre el 2 de enero y el 6 de abril de 2015, deben incluirse en la declaración de 2014. Si se perciben a partir del 7 de abril de 2015, se debe presentar autoliquidación complementaria de 2014 en el plazo que media entre la percepción y el fin del plazo de la declaración de 2015.

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