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V2531-17 9. Oktober 2017 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · escisión total

Spaltung und Wertpapiertausch können unter das Sonderregime der Körperschaftsteuer fallen, sofern wirtschaftliche Gründe vorliegen

Ein Unternehmen erkundigt sich, ob sein Projekt einer Gesamtsplitung mit anschließendem Wertpapiertausch zur Gründung einer Holding unter das Sonderregime der Körperschaftsteuer fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die gesetzlichen Voraussetzungen erfüllt sind und die wirtschaftlichen Gründe stichhaltig sind. Sie weist jedoch darauf hin, dass der Teil der Spaltung, der lediglich Vermögenswerte ohne organisatorische Struktur überträgt, der Umsatzsteuer unterliegt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1.- Posibilidad de que la operaciones de escisión y canje de valores pueden acogerse al régimen fiscal especial regulado en el capítulo VII del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si los objetivos que se persiguen responden a un motivo económico valido a efectos de dicho régimen.

Die Entscheidung der DGT

La escisión total puede acogerse al régimen especial de la LIS si se realiza en el ámbito mercantil y los socios reciben participaciones de forma proporcional. El canje de valores es aplicable si la entidad adquirente obtiene la mayoría de derechos de voto y se cumplen los requisitos del artículo 80 de la LIS. Los motivos económicos de la reestructuración pueden considerarse válidos si no tienen como fin principal el fraude o la ventaja fiscal. En IVA, la escisión de activos sin estructura organizativa está sujeta, mientras que la transmisión de una unidad económica autónoma es no sujeta. En ITPAJD, las operaciones de reestructuración son no sujetas y exentas.

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