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V2497-17 4. Oktober 2017 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · reducción por período de generación

Anwendung der 30 %-Minderung auf Abfindungen bei vorzeitigem Ruhestand unter bestimmten Voraussetzungen möglich

Eine Gemeinde erkundigt sich, ob eine Abfindung für den vorzeitigen Ruhestand von Beamten mit mehr als drei Dienstjahren die Anwendung der 30 %-Minderung gemäß Art. 18.2 LIRPF ermöglicht. Die DGT stellt fest, dass dies anwendbar ist, sofern die Zahlung einem einzigen Veranlagungszeitraum zugerechnet wird und in den vorangegangenen fünf Jahren keine ähnlichen Minderungen angewandt wurden.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Aplicación de la reducción del 30 por 100 establecida en el artículo 18.2 de la Ley 35/2006 en el siguiente supuesto: funcionario con más de tres años de antigüedad que solicita la jubilación anticipada el 1 de agosto de 2017 para jubilarse un año después.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar la reducción del 30% por período de generación superior a dos años, deben concurrir dos condiciones: que el rendimiento esté vinculado a una antigüedad mínima en la empresa de ese período y que el convenio o contrato que establece la indemnización supere también los dos años. En este caso, al existir una antigüedad mínima de tres años y un convenio de 2004, la reducción es aplicable siempre que se impute en un único período impositivo y no se hayan aplicado reducciones por este concepto en los cinco períodos impositivos anteriores.

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