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V2348-17 15. September 2017 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · rendimientos del trabajo

FOGASA-Lohnzahlungen sind dem Jahr der Fälligkeit mittels ergänzender Steuererklärung zuzurechnen

Ein Steuerpflichtiger erkundigte sich, wie 2014 angefallene Löhne, die 2016 über FOGASA ausgezahlt wurden, zu deklarieren sind und ob Quellensteuerabzüge geltend gemacht werden können. Die DGT stellt klar, dass die Einkünfte im Wirtschaftsjahr 2014 anzugeben sind und Quellensteuern nicht berücksichtigt werden können, sofern FOGASA diese aufgrund Unterschreitung der Mindestgrenze nicht einbehalten hat.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada En relación con el importe cobrado del FOGASA, imputación temporal y si puede consignar en la autoliquidación alguna cantidad en concepto de retenciones a cuenta del IRPF.

Die Entscheidung der DGT

Los rendimientos del trabajo deben imputarse al período en que son exigibles, salvo que por circunstancias no imputables al contribuyente se perciban después, caso en el que se debe presentar autoliquidación complementaria del ejercicio original sin sanción. En la autoliquidación se deben reflejar tanto los rendimientos como las retenciones. No obstante, si el pagador no tuvo obligación de retener por no superar el límite cuantitativo excluyente, el contribuyente no podrá incluir ninguna cantidad en concepto de retenciones.

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