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V2344-23 28. August 2023 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · escisión parcial

Voraussetzung für das Sonderregime der Teilspaltung: Abspaltung eines eigenständigen Geschäftsbereichs

Es wird geprüft, ob die Abspaltung einer Immobilienaktivität aus einer Gesellschaft, die auch klinische Dienstleistungen erbringt, als Teilspaltung im Rahmen des Sonderregimes der Körperschaftsteuer gelten kann. Die DGT stellt fest, dass das übertragene Vermögen einen Geschäftsbereich bilden muss, der aus eigener Kraft funktionsfähig ist, und dass die Abspaltung nicht primär steuerlich motiviert sein darf.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación proyectada puede configurarse a efectos fiscales como operación de escisión parcial definida por el artículo 76.2.1.b) de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, y, por tanto, quedar amparada por el régimen especial establecido en el Capítulo VII del Título VII de dicha Ley.

Die Entscheidung der DGT

La escisión parcial requiere que el patrimonio segregado sea una rama de actividad, entendida como un conjunto de elementos capaz de funcionar por sus propios medios. Esta rama debe estar previamente identificada en la entidad transmitente mediante una organización empresarial diferenciada. Además, la operación no podrá acogerse al régimen especial si su objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal sin motivos económicos válidos.

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