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V2331-15 23. Juli 2015 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · rendimientos del trabajo

FOGASA-Zahlungen müssen im Jahr der Fälligkeit mittels ergänzender Steuererklärungen deklariert werden

Eine Steuerpflichtige erhielt im Jahr 2014 eine Zahlung der FOGASA für ausstehende Löhne der Jahre 2011, 2012 und 2013. Die Finanzbehörde stellt klar, dass diese Einkünfte in den Jahren zu deklarieren sind, denen die jeweiligen Löhne entsprechen, und nicht in dem Jahr, in dem die Zahlung tatsächlich geleistet wurde.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Ejercicio o ejercicios al que debe imputar la cantidad cobrada del Fondo de Garantía Salarial y, en caso de tener que presentar varias declaraciones complementarias, qué cantidad de lo cobrado corresponde a cada una.

Die Entscheidung der DGT

Los rendimientos del trabajo deben imputarse al periodo en que son exigibles. Si por circunstancias no imputables al contribuyente se perciben en periodos distintos, se imputarán a los años de exigibilidad mediante autoliquidación complementaria sin sanción ni intereses. Al no especificarse la cantidad por año, se debe repartir el importe percibido proporcionalmente según la deuda de cada ejercicio respecto al total adeudado.

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