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V2314-20 7. Juli 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · ganancias patrimoniales

Veräußerungsgewinne aus gemeinschaftlichem Immobilieneigentum richten sich nach der Rechtsinhaberschaft

Es wurde angefragt, ob Eigentümer von Garagen auf ihren Anteil am Veräußerungsgewinn einer gemeinschaftlichen Immobilie verzichten können, um die Einkommensteuer (IRPF) zu vermeiden. Die DGT stellt klar, dass der Gewinn entsprechend der Rechtsinhaberschaft zuzurechnen ist, unabhängig davon, ob der Eigentümer den Erlös behält oder ihn abtritt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Tributación de la venta para los miembros de la comunidad de propietarios y obligación de presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas por la ganancia patrimonial obtenida, teniendo en cuenta que, dada la mínima participación en la propiedad del segundo inmueble que tienen los propietarios de garajes, éstos se plantean renunciar al importe obtenido en la venta a efectos de no quedar obligados a declarar.

Die Entscheidung der DGT

Las ganancias o pérdidas patrimoniales de la venta de un inmueble se atribuyen según la titularidad jurídica y el porcentaje de participación de cada copropietario. Este criterio se aplica con independencia de que el titular haga suyo el importe, lo ceda gratuitamente o lo destine a otra finalidad. La obligación de declarar surge si no se cumplen los límites de exclusión del artículo 96 de la LIRPF.

Auf einen konkreten Fall anwenden

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