Zum Inhalt springen
Zurück zum Index
V2247-19 20. August 2019 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Anwendung besonderer Regime für Sacheinlagen und Spaltungen bei Vorliegen wirtschaftlicher Gründe

Die Anfragende erkundigt sich, ob eine Sacheinlage von Immobilien sowie eine finanzielle Teilspaltung unter das Sonderregime der Körperschaftsteuer fallen können. Die DGT stellt fest, dass diese Vorgänge unter Einhaltung der Beteiligungs- und Betriebszweig-Anforderungen dem Sonderregime unterliegen können, sofern die Erlangung eines Steuervorteils nicht der Hauptzweck der Transaktion ist.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si las operaciones descritas se podrían acoger al régimen fiscal especial previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

La aportación de bienes inmuebles puede acogerse al régimen especial si la entidad receptora es residente en España y el aportante mantiene al menos un 5% de los fondos propios. La escisión parcial financiera es posible si el patrimonio segregado son participaciones mayoritarias y en la entidad escindida permanece una rama de actividad. No obstante, la aplicación del régimen exige que las operaciones se realicen por motivos económicos válidos y no con el fin de obtener una ventaja fiscal.

E-Mail
Kontakt